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Es más fácil cumplir que no cumplir; esto es porque para no cumplir hay que buscar la manera de tener pretextos o caminos para justificar la falta del cumplimiento, que muchas veces nos lleva a realizar gastos económicos y de tiempo que son innecesarios, o de mayor costo que simplemente cumplir.
En este sentido el artículo 994 Fracción V de la Ley Federal del Trabajo establece como multa:
“De 250 a 5000 veces el salario mínimo general, al patrón que no observe en la instalación de sus establecimientos las normas de seguridad e higiene o las medidas que fijen las Leyes para prevenir los riesgos de trabajo;
De 250 a 5000 veces el salario mínimo general, al patrón que no cumpla con lo dispuesto por la fracción XV del artículo 132, que a la letra dice: Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, en los términos del Capítulo III Bis de este Título.;”
Al cumplir estamos tranquilos, sin temor a una inspección, porque todo estará en regla o en vías de cumplimiento; la ley establece claramente lo que como empresarios debemos cumplir, pero en ocasiones lo desconocemos, y eso no es atenuante para la autoridad como lo menciona el Art. 7º del Código Penal Federal que establece:
“Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales... cuando se determine que el que omite impedirlo tenía el deber de actuar para ello, derivado de una ley, de un contrato o de su propio actuar procedente”
En este caso el Artículo 7. Del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo establece que son obligaciones de los patrones:
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, es un conjunto de herramientas lógico, caracterizado por su flexibilidad, que puede adaptarse al tamaño y la actividad de la organización, centrándose en el cumplimiento de la ley, así como en la identificación de los peligros y la gestión de riesgos generales o específicos asociados con su actividad; promueve la cultura proactiva en prevención, buscando el cero accidentes, incidentes y/o enfermedades del trabajo en su empresa.
El sistema impulsará su empresa con excelencia, al contar con personal capacitado que se desempeñe con altos estándares de seguridad dentro y fuera de la organización; obtendrá beneficios económicos debido a la reducción y en su caso eliminación de costos que se generan con los accidentes (indemnizaciones, multas, daños materiales, pagos al IMSS); evitará multas por parte de la autoridad laboral (STPS) ya que asegura el cumplimiento estructurado y sistemático de la legislación vigente; se mejorará el clima y satisfacción laboral de su empresa; todo ello con la mínima inversión, esto en comparación con las consecuencias que se deben enfrentar en caso de la ocurrencia de un accidente; no es un gasto para su empresa, es una inversión que verá sus frutos de manera indefinida y posicionándose como una empresa competitiva de alto nivel de seguridad.


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